martes 13 de septiembre de 2016
En el marco de las actividades de esta semana en una carpa armada frente al SMU se realizará un taller de entrenamiento en maniobras de resucitación básica y uso del Desfibrilador Externo Automático (DEA), según los requerimientos de la Ley 18.360 y del Consejo Nacional de Resucitación.
En Uruguay, se estima que 15 personas por día hacen una muerte súbita de origen cardíaco. La muerte súbita es una muerte inesperada brusca, que muchas veces no tuvo ningún síntoma previo y es la primera manifestación de enfermedad cardíaca.
Esos uruguayos que debutan con esa muerte súbita, en un alto porcentaje se encuentran en una etapa activa de la vida, con un corazón demasiado joven para morir. La diferencia entre la vida y la muerte de esos ciudadanos es que haya un primer respondiente al lado que haga masaje cardíaco hasta el arribo de la emergencia o el arribo de un Desfibrilador Externo Automático (DEA).
En nuestro país se han realizado varios trabajos estadísticos que revelan que la sobrevida a la muerte súbita en domicilio, con un arribo promedio de los servicios de emergencia pre hospitalaria de 8 minutos (tiempo promedio), es menor al 5 %.
La mayoría de los pacientes mueren en las primeras 24 horas o sufren secuelas a nivel neurológico.
También se ha observado en el análisis de los datos estadísticos que la sobrevida al alta hospitalaria de pacientes, que sufrieron una muerte súbita de origen cardíaco en algún lugar público en donde se practicaron las maniobras básicas de reanimación y se utilizó el DEA, fue de aproximadamente el 50%.
Ese 50% de sobrevivientes se re incorporaron a su vida cotidiana en el corto plazo. Estos datos se encuentran en un trabajo fue publicado en la revista de la Sociedad Uruguaya de Cardiología, y obtuvo el premio nacional de cardiología del año 2013.
Uruguay cuenta con una ley de Acceso Público a la Desfibrilación (Ley Nº 18.360), reglamentada en el año 2009.
La ley prevé que en lugares en donde la circulación media diaria de personas mayores de 30 años supera las 1000, debe de haber un desfibrilador de acceso público.
También obliga al entrenamiento del 50% del personal de organizaciones y empresas en maniobras básicas de resucitación y en el uso del DEA, tengan o no tengan desfibrilador y obliga a recertificarse cada 2 años.
Asimismo, todo el personal de la salud tiene que estar entrenado en maniobras básicas de resucitación y en saber usar un DEA y también re entrenarse cada dos años.
Además, la ley indica que en cualquier localidad en donde vivan 200 personas, y la emergencia móvil pre hospitalaria demore 15 minutos o más en el arribo a la asistencia a un paro cardiorrespiratorio, debe de haber un desfibrilador de acceso público.
Nuestro país es el primer país de América Latina que tiene una ley de Acceso Público a la Desfibrilación. También contamos con un Consejo Nacional de Resucitación, y aplicaciones para teléfonos inteligentes que me muestran en donde está el DEA más cercano.
La implementación, control por parte de las autoridades y continuidad de estas políticas a nivel comunitario, más el entrenamiento en la RCP en las escuelas y liceos como está previsto a futuro va a significar el salvar cada vez más vidas.