Resolución del CE del SMU ante las actuaciones del Tribunal de Honor de la Sociedad de Cirugía.

Resolución del CE del SMU ante las actuaciones del Tribunal de Honor de la Sociedad de Cirugía.

jueves 13 de diciembre de 2018

En su sesión del día 12 de diciembre, el Comité Ejecutivo del SMU analizó la resolución del Tribunal de Honor de la Sociedad de Cirugía del Uruguay de fecha 26 de noviembre de 2018, en la que se sanciona con la inhabilitación a aquellos socios que hubieren accedido a CAD/FAD de Cirugía, así como a aquellos que hubieren incumplido la resolución de la asamblea de la SCU del año 2012, por la que se mandataba a sus socios a desafiliarse del SMU.

El CE del SMU entiende que esta resolución violenta derechos individuales de los médicos, consagrados en la Constitución como derecho a la asociación, a la libertad sindical, al principio de igualdad, a la libertad de trabajo y empresa, y a la formación académica y científica.

De la discusión surgió la resolución que compartimos a continuación.

Visto:

La resolución del Tribunal de Honor de la Sociedad de Cirugía del Uruguay de fecha 26 de noviembre de 2018, en la que se sanciona con la inhabilitación a aquellos socios que hubieren accedido a CAD/FAD de Cirugía, así como a aquellos que hubieren incumplido la resolución de la asamblea de la SCU del año 2012, por la que se mandataba a sus socios a desafiliarse del SMU.

Considerando:

Que dicha resolución violenta derechos individuales consagrados en la Constitución de la República, a saber: derecho a la asociación, a la libertad sindical, al principio de igualdad, a la libertad de trabajo y empresa, y a la formación académica y científica.

El Comité Ejecutivo del SMU resuelve:

  1. Defender los derechos vulnerados de sus afiliados, rechazando esa resolución y exigiendo dejarla sin efecto de inmediato.
  2. Ratificar el comunicado oportunamente emitido en conjunto con FEMI.
  3. Encomendar a las autoridades del CE realizar las denuncias y gestiones pertinentes ante los Ministerios de Salud Pública, de Trabajo y Seguridad Social y de Educación y Cultura, la JUNASA y la Facultad de Medicina, y enviar los antecedentes al Tribunal de Ética Médica del Colegio Médico del Uruguay.