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Para ser aprobado en la asamblea extraordinaria de Haití

Reglamento electoral de CONFEMEL


Cumpliendo un mandato de la Asamblea Anual realizada en Santiago de Chile, cuatro delegaciones de CONFEMEL (Argentina, Brasil, Chile y Uruguay) redactaron un proyecto de reglamento electoral del organismo continental. Las asociaciones médicas del Mercosur se reunieron el 9 y 10 de abril pasado en la Colonia de Vacaciones de Solís del Sindicato Médico del Uruguay. La nueva redacción deberá ser aprobada definitivamente en la próxima asamblea extraordinaria de la Confederación, que tendrá lugar en Puerto Príncipe, Haití. Paralelamente, tuvo lugar una reunión extraordinaria del Comité Ejecutivo del Sindicato Médico del Uruguay.


por Armando Olveira

Participaron del encuentro, el presiden-te de CONFEMEL, el pediatra chileno Eduardo Welch; el delegado brasileño, Dr. Isaías Levy (Asociación Médica Brasileña); los argentinos, Ruben Tucci, Mauricio Esquinazzi, Norberto Szurman, Omar Maresca, Enrique Laval y Luis de Inocentis (Consejo Federal de Entidades Médicas Colegiadas), Enrique Visillac y Miguel Matzkin (Asociación de Médicos Municipales de Buenos Aires) y Ruben Pérez (Confederación de Organizaciones Médicas de la República Argentina-COMRA).

La delegación uruguaya estuvo integrada por los dirigentes del Sindicato Médico del Uruguay, Juan Carlos Macedo, Hugo Rodríguez, Barret Díaz y Silvya Durán y de la Federación Médica del Interior, Ítalo Mogni, Uruguay Russi y Enrique Dieste.

A manera de introducción, Macedo dio la bienvenida a las delegaciones reunidas, al tiempo que recordó la importancia de aprobar un justo y equilibrado reglamento electoral. Por su parte, Mogni subrayó el honor que «sienten los médicos del interior por ser protagonistas del inicio jurídico y estatutario de CONFEMEL».

Dando por abierta la reunión, el titular de CONFEMEL, el Dr. Eduardo Welch sostuvo que «el gran sentido del cuerpo continental es ir encontrando ideales y problemas comunes de los médicos latinoamericanos, para compartirlos con el resto de la sociedad, en especial en temas de políticas nacionales de salud y trabajo médico».

Destacó que «se intenta fortalecer la unidad de los médicos de la región frente a un creciente proceso de globalización de las políticas neoliberales. Las asociaciones latinoamericanas luchan por mejorar la calidad del ejercicio profesional, por salarios dignos y políticas sanitarias equitativas».

Subrayó que «ante el avance de las políticas impuestas por organismos multinacionales, la mejor respuesta es que los médicos latinoamericanos estemos unidos alrededor de CONFEMEL. Así podremos aportar con mayor eficacia nuestros puntos de vista y los de quienes en difinitiva se perjudican o benefician directamente: los usuarios».

«Creo que hemos iniciado un camino de unidad para tratar los problemas de cada país, comunes a la región. El crecimiento de CONFEMEL permite soñar con un esfuerzo intergremial de los médicos de todo el continente», concluyó Welch.

Reglamento electoral

El proyecto de Reglamento de Elecciones de la Confederación Médica Latinoamericana, redactado en el balneario Solís, señala lo siguiente:

De las elecciones en las Asambleas. Sede del Comité Ejecutivo.

Art. 1. La adjudicación de la sede para el Comité Ejecutivo implica la adjudicación de la sede de la Confederación Médica Latinoamericana (CONFEMEL).

Art. 2. Cuando se proceda a la elección de la sede, los países que aspiren a ser asiento de la misma, presentarán ante la Mesa de la Asamblea General una petición por escrito fundando su aspiración. Podrá cursársela ante la Secretaría de la Asamblea, o ante el secretario general, hasta el inicio de la Asamblea.

Art. 3. La Presidencia de la Asamblea dará a conocer las postulaciones y sus fundamentos, y la sede será adjudicada por mayoría absoluta del total de los miembros de CONFEMEL.

Miembros del Comité Ejecutivo.

Art. 4. El país que resulte electo como sede de la CONFEMEL entregará dos nombres de integrantes de su organización médica nacional (o de las organizaciones médicas afiliadas), con un breve currículum vitae de cada uno. Dichos miembros ocuparán los cargos de Presidente y Secretario de Hacienda, debiendo ser ratificados por la Asamblea General.

En caso de vacancia definitiva de algunos de los cargos mencionados en el presente artículo, el país sede dispondrá de un plazo de 30 días para nominar al reemplazante.

Art. 5. Una vez elegido el país sede, en el mismo acto se presentarán los candidatos a Vicepresidente, Secretario General y de Actas y los tres vocales, que pertenecerán a diferentes países, y serán elegidos por la Asamblea General.

Asiento de una nueva Asamblea General.

Art. 6. Para la designación del asiento de la siguiente y subsiguiente Asamblea General, las delegaciones que aspiren a tal designación presentarán una nota en tal sentido, debidamente autorizada por la mayoría de las organizaciones médicas del país que representan.

La Asamblea General elegirá cada sede por mayoría absoluta del total de los miembros de CONFEMEL.

Art. 7. Si el país elegido como sede de la siguiente Asamblea General no pudiera organizarla, dará aviso al Comité Ejecutivo y, automáticamente, el país electo como subsiguiente se hará cargo de su organización. Si éste tampoco pudiera organizarla, quedará autorizado el Comité Ejecutivo para gestionar la aceptación de la sede por otro país.

Condiciones para electores y elegibles.

Art. 8. Para ser elector o elegible, la organización miembro que aspire a participar en cualquiera de esas condiciones deberá estar al día con sus obligaciones con la CONFEMEL, o haberlas cancelado previamente a su postulación».

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