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Dolores, 29 de
setiembre de 1998
Sr.. Director Departamental de Salud
Dr. Eduardo Sarutte
De mi mayor consideración:
Por
la presente deseo comunicarle el total rechazo a las
solicitudes de Certificados Médicos sobre «aptitud para
viajar» y «aptitud para realizar deportes». El mismo
se basa en la responsabilidad que se adquiere al
realizarlos y en la «avalancha» de niños escolares en
estos días que han solicitado dichos certificados,
llenando las policlínicas especializadas y normales, las
puertas de Emergencia y los consultorios particulares y
mutuales, alterando el normal funcionamiento de todo el
sistema asistencial local.
Respecto
al primer ítem: «Aptitud para viajar». ¿Cuál es el
Pediatra que puede determinar que en un viaje de estudios
un escolar no vaya a tener mareos, vómitos, vértigos,
claustrofobia, trastornos del carácter, lipotimias,
trastornos digestivos, taquicardia, hiperneas, trastornos
broncoespásticos, u otros relacionados con una disritmia
neurovegetativa? ¿Cómo uno puede determinar una aptitud
para viaje? Solamente habiendo viajado con esos niños.
Por
lo tanto NO se puede expedir un certificado de aptitud
para viajar. Con respecto al segundo certificado
«Aptitud para realizar deportes», le puntualizo lo
siguiente: en una anamnesis y examen clínicos NO es
posible determinar la aptitud para realizar deportes o
gimnasia. Los únicos métodos válidos para determinar
la aptitud para realizar deportes son aquellos que exigen
al aparato cardiovascular, al sistema respiratorio y al
sistema muscular en pruebas bajo supervisión médica.
Estos métodos los hay en test clínicos con una escala
de valores, hasta las pruebas ergométricas,
espirométricas y ergometrías musculares. Ud. como
médico debe conocer que existen afecciones que, aun con
su extrema agudeza clínica, son imposibles de
determinar, y que pueden, frente a un esfuerzo físico,
poner en riesgo la vida del paciente. Aun así, es
posible que con estas pruebas existan individuos que
pueden desarrollar muertes bruscas. En el día de ayer
sucedió esto con una atleta en una competencia mundial.
Por lo tanto, respecto a las solicitudes que deben
cursarse por ética médica frente al paciente, referidas
a estos dos certificados, a partir de la fecha se
expedirán los mismos de la siguiente forma: Aptitud para
viajar: no presenta enfermedades contagiosas. La aptitud
para viajar la determinarán los padres bajo su entera
responsabilidad. Respecto al segundo certificado, Aptitud
para realizar deportes: no se puede determinar por la
anamnesis y el examen clínico su aptitud para realizar
deportes. Considerando que es de riesgo ético y penal
elaborar un certificado en que se asegure la posibilidad
de que se esté apto para viajar o para realizar
deportes, le sugiero a Ud. revea estas medidas con las
autoridades de la Enseñanza. Educación Física
determina las aptitudes para realizar deportes, quizás
esa podría ser una solución. Por último, le comunico a
Ud. que estamos cursando una nota referente a un
pronunciamiento sobre este particular a los Comités de
Ética de Gremeso, Femi, SMU y la Sociedad Uruguaya de
Pediatría.
Sin
más, le saluda atentamente y con estima:
Dr.
Aníbal Capano
Pediatra
del MSP - Hospital de Dolores - Pediatra CAMS - Dolores.
No.
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