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¿Dónde informarse sobre las
transfusiones autológicas?

Si me das a elegir

por Ana Marta Martínez

Vivir en contradicción con las creencias religiosas carece de sentido para los Testigos de Jehová. Por esto quienes pertenecen a esta congregación dejan expresa constancia de su negativa a ser transfundidos con sangre homóloga, pero no de la autóloga.

Existen diversas modalidades de transfusiones autológicas mediante las cuales pueden ser tratados los pacientes que profesan estas creencias. Estas son: hemodilución normovolémica, rescate intraoperatorio de sangre y el uso de medicamentos que aceleran la eritropoyesis y componentes menores de la sangre como factores de coagulación, albúmina, gamaglobulinas, etcétera. Aquellos médicos que quieran obtener mayor información pueden llamar a los teléfonos 627654 - 627632 - 680778. Allí, además de información oral, los profesionales de la salud que lo requieran podrán tener acceso a la siguiente bibliografía: La familia, su cuidado y protección. Tratamiento médico para testigos de Jehová; Medical References on Alternative Nonblood Management of Jehova’s Witnesses; Hazards an Complications of Blood Transfusion y Pediatrics Nonblood Medical Alternatives.


Un caso reciente

El 12 de marzo fue noticia en la prensa un fallo judicial que no encontraba motivo de intervención judicial ante el caso de un paciente que dejó expresa constancia de que rechazaba ser transfundido y en el cual fue respetada su voluntad.

El origen de la intervención judicial se debió a un escrito del Departamento Médico de ANCAP que recayó en el juzgado de la magistrada Cecilia Schroeder. El paciente en cuestión, residente en la ciudad de Las Piedras, de 72 años de edad, había dejado constancia en julio de 1996 de su negativa a ser transfundido «aunque los médicos lo consideren necesario para salvar la vida o la salud». El fundamento de la exoneración médica anticipada es la obediencia a los mandatos bíblicos como el consignado en Hechos (15: 28, 29), «Sigan absteniéndose [...] de sangre». Esta negativa fue ratificada verbalmente por el paciente, luego de haber sido internado en el Centro de Tratamiento Intensivo del Hospital Larghero, y avalada por la firma de los familiares en la historia clínica.


La voluntad del paciente

El Instituto Técnico Forense, consultado en la ocasión por el juzgado, opinó que se debía respetar la decisión del paciente y que las transfusiones en el estado del mismo (el cual padecía una coronariopatía microlocalizada, hipertensión arterial, anemia severa e insuficiencia renal con evolución desfavorable) no aseguraban en forma absoluta su restablecimiento. Asimismo, el Código de Etica Médica del Sindicato Médico del Uruguay sostiene que «todo paciente tiene derecho a ser respetado en su dignidad como paciente y tiene derecho a consentir o rechazar cualquier procedimiento diagnóstico o terapéutico que se le proponga». La vista fiscal estimó que debía ser asistido invocando el juramento médico hipocrático. Finalmente, la jueza concluyó que «la sede [judicial] carece de jurisdicción para sustituirse en forma compulsiva la voluntad del paciente, quien en pleno uso de sus facultades mentales, mayor de edad y gozando de salud manifestó su negativa a someterse a las transfusiones de sangre invocando convicciones religiosas largamente sostenidas». El paciente falleció. En el número 64 de la revista Noticias fueron recogidas diversas opinones de juristas y bioeticistas destacados sobre el tema.

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