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Resoluciones del Consejo Arbitral

 

Montevideo, 19 de marzo de 1997

Fallo respecto a la actuación del Dr. Angel Boksembaum en relación con su participación en el trámite a que diera lugar la consulta formulada por el Dr. Tabaré Carlevaro sobre la paciente Sra. Juana Fernández.

ATENTO:

A la resolución del Comité Ejecutivo del Sindicato Médico del Uruguay (A/23-43) que determinó el pasaje al Consejo Arbitral de las actuaciones del Dr. Angel Boksembaum, afiliado a este Sindicato.

CONSIDERANDO:

I. Que en el curso de las actuaciones de este Consejo referentes a una consulta dirigida al Dr. Harry J.Long, División de Oncología Médica de la Clínica Mayo Rochester, EE.UU., tramitada por la empresa Bio Health Internacional Corporation y su representante local Renson S.A., se detectaron graves irregularidades relacionadas entre sí.

II. Que de la investigación motivada por dichas irregularidades se pudo comprobar que la firma que lucía al pie del informe de la mencionada consulta no correspondía a la del supuesto consultante, Dr. Harry J. Long, quien requerido por el Sindicato Médico del Uruguay, no reconoció la firma como propia ni haber recibido dicha consulta.

III. Que ante el requerimiento de este Consejo, las empresas Renson S.A. y Bio Health presentaron como elemento probatorio de la supuesta autenticidad de la consulta, un documento sin logo identificatorio y firmado por el Gerente Administrativo (no médico) de Bio Health en Miami.

IV. Que el Dr. Angel Boksembaum, actuando en calidad de Asesor Médico de Renson S.A., admitió haber firmado con el nombre del Dr. Long la referida consulta.

V. Que dicha consulta fue cobrada al esposo de la paciente por Renson S.A.

VI. Que lo precedente constituye una gravísima falta en el ejercicio de la profesión médica, que resulta violatoria de las más elementales normas éticas.

VII. Que atento a las posibles implicancias legales de los referidos hechos, este Consejo sugirió oportunamente el pasaje de los antecedentes a la justicia penal.


El Consejo Arbitral del Sindicato Médico del Uruguay
RESUELVE:

Expulsar al Dr. Angel Boksembaum del Sindicato Médico del Uruguay

Dr. Antonio Calvo (Presidente)
Dr. Alejandro Bozzolo
Dr. Pablo Carlevaro
Dra. Marta Alberti
Dr. Raul Lombardi


Montevideo, 12 de marzo de 1997

Fallo del Consejo Arbitral respecto a la denuncia efectuada por el Dr. Edgardo Spagnuolo en relación con las desinteligencias surgidas con el Dr. Claudio García Morales en su relación laboral como técnicos del tomógrafo de la empresa Diagnosis.

CONSIDERANDO:

Que de la documentación que obra en poder del Consejo Arbitral, no surgen faltas éticas en el diferendo laboral planteado entre dichos colegas.

El Consejo Arbitral del Sindicato Médico del Uruguay RESUELVE:

Archivar los antecedentes.

Dr. Victoriano Rodríguez de Vecchi
Dra. Marta Alberti
Dr. Raúl Lombardi
Dr. Alejandro Bozzolo

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