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Jornada de la SUIS sobre la historia clínica electrónica y sus perspectivas en Uruguay

Ciencia ficción médica

Las jornadas de la Sociedad Uruguaya de Informática en Salud (SUIS) motivan al asombro. En este caso se habló de la factibilidad de la cédula de identidad inteligente. Nuestro país posee hoy el soporte necesario para implementarla, así como las perspectivas de la historia clínica electrónica cuentan con «notorias ventajas comparativas», sostuvo el presidente de la SUIS, el Ing. Franco Simini.

por Ana Marta Martínez

En el cierre de la jornada, el Ing. Simini fundamentó por qué nuestro país posee ventajas para el desarrollo de la historia clínica electrónica. Por un lado porque el marco jurídico permite que el medio magnético pueda ser considerado como prueba.

Por otro, la existencia de experiencia en informática que permite que el tamaño y la cantidad de cosas a incorporar en la historia clínica electrónica sea manejable.

 
En el curso de su intervención, el Dr. Álvaro Margolis, vicepresidente de la SUIS, anunció la compra de un sistema informático de laboratorio de análisis clínicos.

Señaló como otra ventaja la existencia de un alto grado de información y de manejo solvente de las herramientas informáticas en nuestra sociedad científica, al tiempo que destacó el nivel académico de nuestros técnicos, que alcanzan una muy importante penetración en el mundo. Asimismo, destacó que los administradores de salud, públicos y privados, también se encontraban bien encaminados en cuanto a la incorporación de sistemas informáticos.

En otro orden, el Ing. Simini informó que la SUIS lanzará un premio de ideas para que los estudiantes de informática y medicina propongan nuevas aplicaciones de la telemática médica.

Brasil informático

La profesora Beatriz de Faria Leao, presidenta de la Sociedad Brasileña de Informática en Salud, abrió la jornada con la ponencia: ¿Qué es una historia clínica electrónica?, rememorando los comienzos de las historias clínicas electrónicas.

Esta historia comenzó en la década del 60 y fue progresando hasta 1991. A partir de los 90, en Estados Unidos, las aplicaciones de la informática en la medicina se convertirán en un área estratégica del desarrollo de la medicina.

Construir una historia clínica, continuó la especialista brasileña, es un proceso que se desarrolla desde el nacimiento hasta la muerte y que debe contener todos los episodios de salud y por lo tanto es multidisciplinario.

La doctora De Faria Leao explicó que los registros atravesaban distintas fases hasta llegar a un número único de paciente. También resaltó la importancia de las garantías éticas para que pudieran acceder solamente los usuarios autorizados mediante un login y aseguró que la tecnología de hoy lo posibilitaba.

Donde la tecnología no podía facilitar la tarea era en el terreno de la terminología y los contenidos, lo cual conspiraba contra la multidisciplinariedad. El tema de los estándares o patrones fue presentado como la clave, pero también fue dejado en suspenso y retomado luego por la siguiente especialista norteña.

Los patrones o estándares

La Dra. Mariza Klük, del Hospital de Clínicas de Porto Alegre, centró su presentación en otra interrogante: ¿Por dónde empezar? La historia clínica no es un producto sino un proceso gradual con cinco etapas. Por un lado la historia clínica contiene una descripción del trabajo de las consultas, pero también contiene todas las actividades del hospital desde la investigación hasta la gestión. La historia clínica es una consecuencia no un objetivo, el objetivo o producto final es la mejor asistencia del paciente, por lo tanto la historia clínica debe referirse al proceso y apoyar estos procedimientos. El procedimiento médico es influenciado por procesos tecnológicos pero su esencia permanece incambiada.

La organización de la historia clínica en papel ocupaba un enorme volumen y determinaba un caro mantenimiento. Además explicó que el 40% de ésta era esencial, el 20% era basura y el 40% restante era de contenido legal.

La segunda etapa consiste en la reutilización de esta información en papel a partir del sumario de los exámenes y los resultados. Así llegamos al estado actual y las discusiones pertinentes respecto a ¿quién puede qué, cuándo?

Respecto al escenario sostuvo que se deberán informatizar otros procesos, tales como los exámenes físicos, la evolución diaria del paciente y los procedimientos especiales.

La doctora Klük añadió que el sistema está basado en protocolos asistenciales, y que hasta el momento tienen protocolizadas las veinte patologías más frecuentes en el hospital.

El proceso se basa en una discusión sobre los patrones o estándares y para esto están intentando definir, integrar e intercambiar las informaciones entre tres hospitales de Porto Alegre.

La interfase web del SIP

El Dr. Álvaro Margolis, vicepresidente de la SUIS, sucedió a las expertas norteñas y expuso el desarrollo del Sistema Informático Perinatal (SIP) del Banco de Previsión Social (BPS). Luego de presentar someramente el servicio, dio cuenta de los nuevos usos del SIP.

Margolis informó sobre el devenir de algunos de los objetivos planteados desde 1998. Mencionó el uso generalizado de las herramientas de ofimatic y correo electrónico para la captura de la información y la comunicación institucional, el control de los beneficiarios, la emisión de órdenes de asistencia descentralizadas, la disponibilidad de medicamentos y la interfase web para consultar al sistema operativo perinatal.

Margolis recordó que el SIP es un estándar de datos usado internacionalmente, que incluye formularios como una historia perinatal base y un carné obstetra, donde se ingresa la información en el momento del alta.

«La utilidad es más que nada epidemiológica pero tenía poca utilidad clínica. Por esto nos planteamos que desde los centros periféricos se pueda acceder a la información perinatal cuando ese niño comienza con los controles posteriores que hasta ahora eso ocurría mediante el carné pediátrico pero en forma incompleta».

Margolis comentó que la información que ingresaba al sistema se incorporó a un servidor web, que permitió a través de una interfase de consulta que los diferentes centros materno infantiles pudieran acceder a ella.

Todo esto a través de la red del BPS que no ofrece los problemas de seguridad de Internet, pero utiliza los mismos protocolos de información.

Respecto a los próximos pasos anunció que pronto se compraría un sistema informático de laboratorio de análisis clínicos. De esta manera, la información estará disponible desde todos los centros periféricos. También mencionó la compra del sistema informático integral de gestión, mediante el cual se integrará toda la información de la repartición.

«Una de las más importantes tareas futuras -concluyó Margolis- es la actualización permanente de esta información y la creación de un grupo de análisis de la misma y el uso del sistema informático del niño (otro sistema desarrollado por el CLAP), lo cual se concretará a partir de un convenio entre el CLAP y el BPS».

El documento electrónico como escritura pública

El Dr. Carlos Delpiazzo, profesor de Derecho Administrativo e Informática Jurídica de la Universidad de la República, la Universidad de Montevideo y la UCUDAL, tituló su ponencia: ¿Es legal la historia clínica electrónica en Uruguay?, en la que se refirió a la historia clínica como documento y como conjunto de datos, tomándola como continente o contenido.

En el caso de un documento, el calificativo de electrónico supone aquel formado por el computador o por medio de él, definió. Actualmente el documento electrónico sería admisible como prueba. Su valor probatorio equivale al de la escritura pública o la confesión, son plena prueba. Delpiazzo explicó que en 1986, en nuestro país se dictaron dos leyes avanzadas donde se establece que quien adultere o destruya un documento electrónico incurrirá en el comportamiento delictivo de falsificación.

Sobre la autenticidad, la firma se sustituye por una rúbrica electrónica o código secreto de letras y cifras. En cuanto a la seguridad, Delpiazzo sostuvo que no tiene sentido proteger con normas nacionales el dato personal porque este atraviesa las fronteras de los países.

Informó que en la Unión Europea (UE) existen tres generaciones de normas que lo controlan a partir de un derecho supranacional y se aplica directamente en los Estados parte de la UE, pero esto no es trasladable al Mercosur que no admite derecho supranacional.

Los datos de la historia clínica

Respecto a la historia clínica como conjunto de datos, Delpiazzo puntualizó qué se entendía por dato personal. Apoyándose en la ley española, citó: «Es un dato personal cualquier información concerniente a persona física identificada o identificable. Entre ellos se consideran los datos de carácter existencial: nacimiento, muerte, matrimonio, divorcio, domicilio, actos objeto de decisión judicial, actividad profesional, medio de subsistencia, patrimonio, afiliación política, afiliación sindical, pertenencia a confesión religiosa, asistencia a eventos públicos o privados, desplazamientos y enfermedades».

En Uruguay, si bien no existe ley de regulación de datos personales, consideró que está protegido por el artículo 72 de la Constitución, donde dice que todos los derechos inherentes a la persona humana quedan garantizados aun cuando no estén recogidos a texto expreso ni en la Constitución ni en otra ley.

«Nuestra Constitución, explicó, responde a una concepción de derecho natural; además de garantizar los derechos fundamentales agrega, al terminar la sección, 'todos los derechos y garantías no reconocidos expresamente en la Constitución quedan garantizados en tanto sean inherentes a la persona humana o a la forma republicana de gobierno'. Esto significa que el dato personal entre nosotros tiene protección jurídica porque sin duda se trata de un derecho, de un dato que refiere al ser humano como tal en su eminente dignidad y por lo tanto merece de la protección del derecho».

En cuanto al arbitraje en los conflictos que se planteen, dijo que existían una serie de principios desarrollados en la Unión Europea por los cuales debemos regirnos y enumeró: 1) Justificación del dato. 2) Limitación en la recolección. 3) Fidelidad de la información. 4) Finalidad de la información (ese dato no se puede usar para ningún otro fin que para aquel para el cual se recabó). 5) Confidencialidad. 6) Salvaguarda de la seguridad. 7) Transparencia. 8) Limitación en el tiempo. 9) Control del interesado.

No hay confidencialidad perfecta

La Dra. Yubarandt Bespali, miembro de la Comisión de Bioética del SMU, abordó los problemas éticos que emergen a partir de la colocación de la historia clínica electrónica en Internet.

Recomendó salvaguardas para proteger la confidencialidad. Mencionó aspectos técnicos («firewall», pared a prueba de incendios y el registro de todos los pedidos de acceso a la información) y otros organizativos (depuración de datos identificatorios de los pacientes).

El segundo principio que consideró fue el de la autonomía. Este se concreta por medio del consentimiento informado válido, o sea que «resulta indispensable que el paciente pueda negar su consentimiento» de que su historia sea incluida en Internet.

En cuanto al derecho del paciente a la información versus el privilegio terapéutico, consideró que el principio del derecho de información estaría por encima de la excepción.

En el final, Bespali se interrogó sobre cuáles serán los escenarios futuros en que los datos de Internet le serán útiles al paciente: cuando consulte en una emergencia de otra institución, cuando se busque una segunda opinión local o internacional, cuando se plantee una demanda por malpraxis o cuando se cambie de médico por diversas razones.

Los problemas éticos que se plantearán dependerán de quiénes tengan acceso a los registros del paciente.

«También tendremos que plantearnos éticamente que no hay confidencialidad perfecta y que existirán en el futuro crecientes riesgos de que el ser humano vea acosada su privacidad, transformándose en un hombre transparente, observado por el ojo-que-todo-lo-ve de muchas fantasías de ciencia ficción».

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