La Ética Médica
AMM, Manual de declaraciones
RECOMENDACIONES DE LA ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL referentes a la
ATENCIÓN
MÉDICA EN ÁREAS RURALES
Adoptadas por la 18ª
Asamblea Médica Mundial
Helsinki, Finlandia, junio 1964
y enmendadas por la 35ª Asamblea Médica Mundial
Venecia, Italia, octubre 1983
I. Las poblaciones rurales tienen el mismo derecho a la atención médica que tienen las poblaciones urbanas. Aunque los factores económicos y otros puedan afectar la cantidad de servicios médicos disponibles en las zonas rurales, en la calidad de esos servicios no debe existir disparidad. Deben hacerse esfuerzos persistentes para elevar al más alto nivel en la nación las calificaciones de todas las personas que prestan servicio médico.
II. El conocimiento y estudio analítico de los hechos es necesario para las poblaciones rurales, porque provee la información precisa para la organización y desarrollo de servicios de salud mejor adaptados a esas regiones.
III. El nivel de educación y el nivel socio-económico de las comunidades rurales son interdependientes. La educación de salud del público se realiza en forma mucho más efectiva cuando las agencias, las organizaciones, las profesiones de salud y la comunidad contribuyen al desarrollo y mantenimiento del más alto nivel de higiene en salud que pueda ser mutuamente conseguido.
IV. En el desarrollo de los servicios de salud en áreas rurales, la relación médico-paciente debe ser protegida.
V. Es el deber del Gobierno velar porque las condiciones de trabajo ofrecidas en el campo de la Salud Pública sean suficientemente interesantes para que permitan el desarrollo de los servicios de salud rurales, al mismo nivel que el de las zonas urbanas.
VI. Conviene asegurar una coordinación adecuada del programa y de los equipos de medicina preventiva y curativa, y de la educación médica y de salud entre regiones rurales y regiones urbanas.
VII. Debe hacerse todo lo posible para que solamente médicos titulados tengan responsabilidades clínicas en centros rurales de salud. El empleo de auxiliares para efectuar tareas médicas debe ser únicamente temporario. El personal de salud rural debe ser suficiente en número y recibir un adiestramiento que le permita responder eficientemente a las necesidades médicas de la población y que sus conocimientos técnicos estén al día.
VIII. El adiestramiento de los auxiliares médicos, particularmente el de los enfermeros, enfermeras y matronas, debe corresponder al grado de cultura y de educación del país, a fin de ampliar así el número de personas disponibles para las áreas rurales. La profesión médica debe prestar todo su apoyo para proporcionar a este grupo cursos básicos, de postítulo y de perfeccionamiento.
IX. El carácter particular de las enfermedades en las regiones rurales exige la colaboración de los médicos con los especialistas en las diversas disciplinas relacionadas.
X. El cuerpo médico debe guiar y orientar la educación de salud de las poblaciones rurales. Es esencial que exista entre los médicos y la población rural un espíritu de cooperación a fin de lograr el más alto nivel de educación de salud que sea posible.
XI. Las asociaciones médicas nacionales deben tratar por todos los medios de garantizar que los médicos rurales practiquen su profesión en condiciones no menos favorables que las de los médicos urbanos.
XII. Las asociaciones médicas nacionales deben tomar parte activa en el desarrollo de proyectos para mejorar las condiciones de salud en las regiones rurales.
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