Por unanimidad el CE del SMU expresó su conformidad con el trabajo realizado y los resultados alcanzados en comisiones del Consejo de salarios.

Las Comisiones de Calidad Asistencial (4 pacientes por hora) y la de recategorización de actos anestésico- quirúrgicos han trabajado intensamente para lograr acuerdos con fecha límite para la firma definida el próximo 13 de marzo.

Por unanimidad el CE del SMU expresó su conformidad con el trabajo realizado y los resultados alcanzados en comisiones del Consejo de salarios.

miércoles 27 de febrero de 2019

Este miércoles 27 de febrero el CE del SMU recibió el informe por parte de la Unidad de Negociación sobre el proceso de trabajo en las Comisiones de Calidad Asistencial (4 pacientes por hora) y de recategorización de actos A-Q instauradas a partir del Convenio colectivo firmado en octubre de 2018.

Por unanimidad, el CE emitió una declaración expresando su conformidad por lo actuado hasta el presente y la voluntad de suscribir los acuerdos definitivos en la fecha pactada, 13 de marzo de 2019.

Los miembros presentes en sala que votaron afirmativamente la declaración son: Dres. Alejandro Cuesta (Secretario Médico), Felipe Schelotto (Tesorero) y Br. Lucía Laborda (Secretaria Estudiante), Dres. Anahí Barrios, Marcello Bonino, Nicolás de Paula, Gerardo Eguren, Fabio Grill, Rodrigo Perna,  Daniel San Vicente, Josefina Tarigo y Bres. Flavia Hernández y David Abraham.

Declaración del Comité Ejecutivo sobre Comisiones del Consejo de Salarios.

Visto

Que el convenio de consejo de salarios de octubre de 2018 recoge el planteo del PE de crear dos comisiones de trabajo: una con la finalidad de definir una serie de medidas que faciliten la implementación del pasaje acordado de 5 a 4 pacientes por hora (y sus correlativos para los casos excepcionales), y otra a los efectos de recategorizar los actos anestésico quirúrgicos vigentes.

Que ambas comisiones han sesionado intensamente en la búsqueda de acuerdos dentro de los plazos definidos, integrando la primera el PE, las cámaras empresariales de Montevideo e Interior y el SMU en representación de los trabajadores médicos -acompañado por FEMI y representantes de las SSCC-, y la segunda por los mismos integrantes a los que se incorpora la SCU (SAQ) por disposición del propio convenio a solicitud del SMU.

Que ambas comisiones se hallan en la etapa final de elaboración de los acuerdos negociados y tienen previsto firmar los acuerdos alcanzados con fecha límite el 13 de marzo próximo

Considerando

Que se trata de dos procesos que forman parte de un acuerdo integral por cuanto apuntan a mejorar las condiciones de calidad asistencial con la que se desarrolla el ejercicio profesional en las áreas respectivas

Que en ambos casos se ha priorizado la rigurosidad técnica orientada hacia el objetivo perseguido, en el estricto marco del respeto a los derechos laborales adquiridos de acuerdo a lo que establece la normativa vigente.

Que bajo ningún concepto pueden ni deben verse vulnerados los derechos adquiridos por los trabajadores médicos en ejercicio de su profesión, ya sea por la determinación del cambio en el tiempo a destinar en promedio a la consulta de pacientes ambulatorios o a las modificaciones propuestas para la categorización quirúrgica con sus respectivos valores salariales mínimos por categoría (laudos)[1].

Que en el caso de la comisión que trata sobre el tiempo a destinar a cada paciente en la consulta ambulatoria, restan detalles a ajustar relativos a la regulación del PE vinculado al ausentismo asociado al manejo de la agenda por parte de las instituciones y la forma en que se pueda gestionar la misma teniendo en cuenta el tope máximo de 4 pacientes por hora, y habiéndose definido un cronograma de implementación progresiva en el propio convenio firmado en el último consejo de salarios.

Que en en el caso de la comisión de recategorización quirúrgica se inició el trabajo -a propuesta del PE- por la cirugía general, para continuar en lo sucesivo con el resto de las especialidades AQ. Se elaboró una propuesta basada en la actualización -con el asesoramiento directo del presidente de la Sociedad y de cirujanos que colaboraron con cada una de las partes- de un diseño realizado por la propia SCU en el año 2013. A los efectos de la clasificación, se tuvo en cuenta la complejidad del procedimiento, la duración del acto y del proceso asistencial (diagnóstico, estudio, internación,  procedimiento, control y alta), y su frecuencia. Se acordó no condicionar a que la masa salarial actual de la especialidad quedara constante, asumiéndose sin embargo el principio de racionalidad que consiste en mantener un cierto equilibrio estructural.

Que en ambos casos se acuerda revisar y evaluar los cambios planteados con una periodicidad predefinida, dejando abierta la posibilidad de convocar a instancias de intercambio cuando las circunstancias y las partes así lo requieran.

Resultando

Que ambas comisiones se aproximan al final de su labor contando con propuestas avanzadas en diseño e implementación a futuro, lo cual permitiría alcanzar los objetivos perseguidos por las clásulas del acuerdo alcanzado en los últimos consejos de salarios.

Que el PE (MEF-MSP) ha contribuido con el SMU en el proceso de avance de la negociación con las empresas del sector para generar las condiciones que faciliten una correcta implementación del incremento del tiempo de consulta en policlínica para medicina general y especialidades médicas como forma de mejorar la calidad asistencial a la población.

Que el PE (MEF-MSP) elaboró y propuso en la comisión de recategorización una actualización del laudo para la cirugía general (pasando de 4 a 6 categorías con sus respectiva remuneración mínima por actividad), respetando los criterios de rigurosidad técnica y los principios de racionalidad manejados en el proceso de negociación, la cual se expondrá para su análisis por parte de la SCU en Asamblea.

El SMU declara.

Su conformidad con el trabajo realizado y los resultados alcanzados hasta el presente en ambas comisiones, tanto en lo que refiere al plan negociado por el PE con las empresas privadas para facilitar la implementación del aumento del tiempo que se destina en promedio a los usuarios en el área ambulatoria, como por la propuesta de recategorización de la cirugía general, dada su consistencia técnica y la racionalidad que expresa en las remuneraciones mínimas por categoría.

Su más firme voluntad de suscribir los acuerdos definitivos alcanzados en ambas comisiones siempre que se alineen con los objetivos generales que persigue el gremio médico y respeten a su vez los postulados centrales que han guiado el proceso de negociación.

Su compromiso a la firme defensa jurídica y gremial de los derechos laborales adquiridos.

[1] Fue mencionado a todos los actores de la negociación que no se deben vulnerar los derechos laborales adquiridos por profesionales producto de acuerdos o condiciones particulares existentes  previos a la firma del nuevo laudo. Es decir, que aquellos que perciban actualmente un valor superior del acto no cobrarán menos que lo percibido actualmente luego de laudar dichos procedimientos. Se hace mención en el documento del PE y se recuerda que los laudos son salarios mínimos por actividad por lo que de ahí en más, el mercado o los acuerdos particulares pueden regular los precios. El SMU, la FEMI y así fue mencionado también por el presidente de la SCU, defenderán gremial y jurídicamente a quienes puedan ver vulnerado dicho derecho laboral.