Declaración del SMU sobre la importancia del rotulado frontal de advertencia nutricional en alimentos.

Declaración del SMU sobre la importancia del rotulado frontal de advertencia nutricional en alimentos.

viernes 29 de mayo de 2020

Visto:
-que el 1 de marzo de 2020 entró en vigencia el Decreto 272/018 mediante el cual el estado uruguayo implementa un rotulado frontal de advertencia nutricional en alimentos 
-que en marzo de 2020, el gobierno emite un nuevo decreto 91/020 por el cual suspende la aplicación del ya mencionado 272/018 por 120 días

Considerando:
-que durante el proceso previo de discusión sobre el tema, muchas industrias y cámaras de alimentación y bebidas se opusieron al mismo 
-que el decreto inicial fue flexibilizado tanto en su contenido como en el restraso de su fecha de aplicación 
-que se ha priorizado la armonización en el marco de la normativa del Mercosur para no aplicar la medida

El SMU declara: 
-que se considera un avance significativo en términos de salud pública lo que esta reglamentación implica, para el control de la Enfermedades no Trasmisibles, en particular obesidad y diabetes.
-que ve con profunda preocupación el retraso en la implementacion del rotulado frontal de alimentos, en tanto la evidencia científica ha demostrado sus notorios beneficios.
-que nuestro país es líder en el mundo en políticas públicas enfocadas en el cuidado de la salud de la población, por tanto exhortamos al gobierno a cumplir con la normativa vigente, avanzando sin más dilaciones hacia el rotulado frontal con la advertencia nutrucional de los alimentos.