miércoles 30 de junio de 2021
A partir del 1º de julio de 2021, las trabajadoras médicas que hagan uso del subsidio para el cuidado del recién nacido (artículos 12 y siguientes de la ley nº 19.161, de 1º de noviembre de 2013) tienen derecho a no desarrollar actividad laboral mientras estén amparadas al referido subsidio. Durante dicho periodo, las instituciones empleadoras les abonarán un complemento al subsidio que les sirva el BPS por la otra mitad del horario habitual y hasta que el niño o niña cumpla los seis meses de edad.
El el próximo lunes 5 de julio se realizará una actividad vía zoom para quienes tengan dudas sobre la implementación y deseen informarse al respecto.
Detalles en la imagen adjunta.