jueves 23 de febrero de 2017
La legislación vigente establece el control por parte de profesionales Químico Farmacéuticos en todas las etapas de la cadena de manejo de medicamentos desde el desarrollo, producción, distribución, dispensación hasta la farmacovigilancia. Esta nueva ordenanza amplía la normativa para las Clínicas o Centros de Atención Médica, Servicios de Emergencia con Unidades Móviles Terrestres, Servicios de Traslados Especializados y todo establecimiento de complejidad variada donde se realicen técnicas de diagnóstico y tratamiento.
Ante esta resolución, la Asociación de Química y Farmacia del Uruguay (AQFU) emitió un comunicado donde manifiesta su conformidad con la ordenanza y la considera una importante mejora.
Consultada por Ser Médico, la Presidenta de la AQFU, Q.F. Virginia Olmos dijo que esta normativa viene a llenar un vacío existente desde hace tiempo, ya que por ley, los medicamentos deben estar en custodia de un Químico Farmacéutico pero la normativa es anterior a la aparición de este tipo de servicios de salud por lo tanto no estaban contemplados.
Olmos agregó que es «fundamental la presencia de los químicos para el mantenimiento de las condiciones de los medicamentos, su almacenamiento correcto y control de vencimiento».
El comunicado de la AQFU, también indica que con la simple promulgación de esta ordenanza no se soluciona ninguna situación, sino se cuenta con una actividad inspectiva adecuada.
A propósito de este punto, Olmos señaló que es fundamental la fiscalización y existe preocupación entre los químicos ya que el cuerpo inspectivo del MSP se ha reducido significativamente en los últimos años.
La AQFU entiende que esta mejora de la legislación farmacéutica debe ir acompañada con un mayor control del cumplimiento de la misma y para ellos es necesario contar con un adecuado equipo inspectivo y un sistema de registro eficaz y eficiente.
Acceda aquí a la ordenanza del MSP.
Acceda aquí al Comunicado de la AQFU.
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